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Trabajar por el mundo

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lunes, 11 de junio de 2012

Viaje a Japón, conseguir un visado

Ciertamente conseguir un visado para ir a Japón es un proceso similar al de cualquier otro país. Lo más complicado a la hora de adquirirlo es el contacto y contratación con la empresa, y a esto se le suma la dificultad del idioma, aunque, si ya conoces el japonés serás aventajado en este proceso.

Como en todos los países, siempre es bueno empezar a enviar mails con tu carta de presentación a todas las empresas del sector que estés buscando para ver si hay alguna interesada en tu curriculum.

Otra posibilidad es encontrar una empresa extranjera con sede en Japón, en la capital, Tokio, es donde más se pueden encuentrar este tipo de empresas.

Puedes escribir también a empresas de headhunting (método de selección de personal en el que el “headhunter” o “cazatalentos” realiza una búsqueda directa del perfil que le han solicitado sin que el candidato tenga la necesidad de buscar trabajo y se haya dirigido a éste previamente).


Una vez hayas confirmado el contrato de trabajo con la empresa, ellos mismo pedirán al gobierno japonés el permiso para que obtengas el visado.

Una vez el gobierno japonés te de el permiso, llamado COE (Certificate of elegibility) te lo enviarán a España y con él deberás ir a una de las sedes de la embajada (Madrid o Barcelona). Deberás llevar el pasaporte, una foto y el COE a la embajada y obtendrás el VISADO tan preciado.

Alguna de esta información está obtenida de Spaniard

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Residencia para extranjeros en Costa Rica

Estás pensando en emigrar a Costa Rica, este es tu post para los requisitos de la residencia en este paradisiaco país.

Según la web de la Asociación de Residentes de Costa Rica (ARCR), nos recomiendan que si estamos pensando en mudarnos a Costa Rica lo primero que deberíamos hacer es ir como turista. Permaneciendo el mayor tiempo posible en ese país.

Recomiendan estar bien acesorado en el proceso de residencia y demás papeleos.

Para ello nos cuentan que:

Residencia para Extranjeros 

Existen varias opciones para solicitar la residencia en Costa Rica.

Pensionados y rentistas pueden reclamar como dependiente suyo al cónyuge y los niños menores de 18 años. Un adolescente entre 18 y 25 años puede considerarse un dependiente si está matriculado en una universidad.
  • Fuente de ingreso para Residente Pensionado - Ingreso mínimo de US$600 por mes (o equivalente) de un plan de retiro calificado o de una fuente de pensión de gobierno. El ingreso requerido debe ser únicamente del solicitante.
  • Fuente de ingreso para Residente Rentista - Inversión en certificados de depósito o de una renta vitalicia que le proporcionará un ingreso de por lo menos US$1,000 por mes (US$12,000 por año). Una carta de una institución bancaria (en un país extranjero o en Costa Rica) que garantice lo siguiente:
        1. Tener fondos suficientes en una cuenta estable y permanente que le proporcionará un ingreso de $US1,000 por mes durante los próximos cinco años. 
        2. Si las condiciones financieras anteriormente especificadas cambiaran, el Instituto Costarricense de Turismo será notificado. 
        3. El ingreso mensual será enviado al residente rentista en Costa Rica. 
        4. Los fondos correspondientes deben estar a nombre del solicitante.
Los ejemplos de las cartas antes detalladas están disponibles para los miembros en la oficina de ARCR. Los bancos de Costa Rica facilitan esta carta con todos los requisitos que solicita el gobierno si se realiza un depósito de $US60,000. Los Depósitos en bancos estatales de Costa Rica están garantizados y los intereses de los bancos están libres de impuestos.
El Residente Rentista debe renovar su carta de ingresos cada cinco años. 
  
Estatus de Residencia de Inversionistas

  1. Invertir al menos US$50,000 en turismo o en negocios de exportación; US$100,000 en un proyecto de reforestación; o US$200,000 en otro tipo de negocio. Pregunte a ARCR para detalles. 
  2. Estar seis meses al año en Costa Rica.   

Estatus de Residencia Permanente.

  1. Después de dos años con el estatus de pensionado, rentista, o inversionista, se puede solicitar la residencia permanente en Costa Rica. Ésta por lo general no tiene restricciones, y permite trabajar.
  2. Los ciudadanos de España pueden solicitar inmediatamente la residencia permanente.  
  3. Los residentes permanentes deben visitar Costa Rica por lo menos una vez cada año.
  4. Se debe hacer un depósito de garantía de $US300 a favor del gobierno de Costa Rica. 
Estatus de Residencia con vínculo costarricense

Si tiene familiares costarricenses (padres, hermanos, hijos) puede solicitar inmediatamente la Residencia Permanente. De igual manera si está casado con un ciudadano costarricense.

Documentos Requeridos

Los primeros tres documentos son necesarios para todos tipos de residencias de Costa Rica.
  1. Certificado de Policía. Certificado de buena conducta del último lugar donde residió. Válido solo por 6 meses. Requisito para el solicitante titular, el cónyuge, y para cualquier adolescente entre 18 a 25 años de edad. 
  2. Certificado de Nacimiento. Requisito para el solictante titular, el cónyuge y para todos los niños dependientes (Además de 18 a 25 años de edad si es estudiante universitario, se requiere del comprobante de matricula de la institución donde estudia). 
  3. Certificado de Matrimonio (Es necesaria si el cónyuge desea solicitar). La prueba de divorcio no se necesita. 
  4. Certificado de Ingresos tanto para Pensionados como para Rentistas (requisito solo para el solicitante titular). 
Pensionados - comprobante de que recibe una pensión de por lo menos US$600 al mes, que indique que es de por vida, y que será enviada a Costa Rica.

Las certificaciones de las pensiones del Seguro Social de los EE.UU. o de las pensiones de Canadá, son más fáciles de obtener ya sea en la Embajada de los EE.UU. o en la Embajada de Canadá en Costa Rica. (usted debe presentarles el documento que verifica su pensión.)

Las pensiones que provengan de otros países deben indicar en el documento que recibe una pensión del gobierno.

Las pensiones de otras instituciones deben traer una declaración donde se verifique el tipo de institución de donde se recibe.

Rentistas - Contacte ARCR para detalles de documentos.

Todos aquellos documentos de residencia antes mencionados (con excepción de los obtenidos en Costa Rica) DEBEN ESTAR:

  • Certificados por un notario público local si éstos no tienen sello oficial del gobierno. Si tiene duda en certificar o no el documento consulte con el consulado local de Costa Rica. 
  • Autenticados por el cónsul de Costa Rica en el país en donde el documento fue emitido.

Certificación: Su firma no debe aparecer en la certificación del documento.

Autenticación: El cónsul de Costa Rica cobrará US$40 por la autenticación de cada documento. Éstos deben portar los timbres requeridos. Si no tuvieran los timbres, ARCR pude conseguirlos en Costa Rica por usted.

 Otros requisitos para:
Residencias de Pensionado y Rentista


1) El ingreso que perciban debe ser cambiado de dólares a colones en un banco del sistema bancario de Costa Rica

Pensionado - US$7,200 por año
Rentista US$12,000 por año

2) Permanecer en Costa Rica por un mínimo de 4 meses al año.

3) Renovar el carné de residencia cada dos años. Realizar un depósito a favor del gobierno de Costa Rica por US$100 en cada renovación.

4) Ni usted ni sus dependientes pueden ser remunerados con un salario u ocupar el lugar de un trabajador costarricense. Sin embargo, usted puede tener su propio negocio y pagarse usted mismo, de igual manera puede realizar inversiones.
 Todos los residentes pensionados y rentistas deben cumplir lo antes mencionado. ARCR asesora a los miembros en como realizar los procedimientos antes dichos.
Residencia de Inversionista

1). Se debe invertir al menos US$50,000 en negocios relacionados con turismo o de exportación; US$100,000 en un proyecto de reforestación; o US$200,000 en otro tipo de negocio.

2). Permanecer en Costa Rica por lo menos seis meses al año.
 Traducciones de los documentos para obtener la residencia. 

 Las traducciones de otros idiomas del español deben ser hechas por el consulado de Costa Rica en el país en donde el documento fue emitido o aquí en Costa Rica por un traductor oficial del idioma específico al español. Nosotros podemos obtener las traducciones por usted como miembro de la asociación. Las traducciones del idioma original al inglés no son válidas para el gobierno de Costa Rica.

Toda esta información la podrá encontrar en la web de http://www.casacanada.net/arcr_info/arcr_rs_s.html

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jueves, 7 de junio de 2012

Ahora puedes viajar y trabajar en Canadá con la IEC

¿Eres ciudadano español? ¿tienes entre 18 y 35 año? Ahora puedes viajar y trabajar en Canadá por un año por medio de la International Experience Canada (IEC).

Canadá y el gobierno de España han llegado a unos acuerdos para otorgar permisos temporales de trabajo a ciudadanos españoles que deseen viajar y trabajar en Canadá durante un periodo máximo de un año.

Una excelente forma para conocer Canadá, experimentar la cultura del país y cómo no, conocer el idioma anglosajón y francés dependiendo de la zona por donde te muevas.

El visado de trabajo en vacaciones te da la posibilidad de trabajar mientras estás en el país, eso sí, no pienses que vas a ahorrar mucho dinero, pero al menos podrás autofinanciarte el viaje al completo.

Trabajo en Vacaciones cuenta con dos sub-categorías;
  • Trabajo en vacaciones: Para jóvenes que quieren practicar turismo y aprender idioma y cultura, estarán autorizados para trabajar en Canadá por un periodo máximo de 1 año con el fin de financiar su estancia.
  • Trabajo de Verano para estudiantes: Para jóvenes estudiantes españoles que quieran viajar a Canadá en sus vacaciones escolares y trabajar de manera temporal para ganar un poco de dinero y financiar el viaje (3 meses). Éstos deberán ser estudiantes registrados en una institución de educación post-secundaria o centro de formación.
Para cumplir estos requisitos tiene que:
  1. Ser ciudadano español y residir habitualmente en España.
  2. Tener entre 18 y 35 años (ambos inclusive).
  3. Disponer del equivalente a $2,500 dólares canadienses para cubrir tus necesidades al comienzo de tu estancia – en el momento de entrada a Canadá, puede que tengas que demostrar que dispones de esos fondos.
  4. Tener la capacidad de contratar, antes de entrar en Canadá, un seguro médico cuya vigencia abarque todo el período de tu estancia—en el momento de entrada a Canadá, puede que tengas que demostrar que has contratado este seguro.
  5. Para la sub-categoría de Trabajo de Verano para Estudiantes, estar inscrito como estudiante en una institución de educación post-secundaria o centro de formación en España;
  6. Pagar la tasa de inscripción en el programa, que es el equivalente en euros de $150 dólares canadienses.
  7. No haber participado con anterioridad en la categoría de Trabajo en Vacaciones o Trabajo de verano para estudiantes, depende de la que solicites en esta ocasión. Como ciudadano español, puedes participar en el programa de Experiencia Internacional Canadá solo dos veces, y cada vez en una categoría distinta.
Como español cuentas con dos opciones para trabajar en vacaciones:

Viajar por tu cuenta a Canadá
Comienza con el proceso de solicitud

Haz tus preparativos de viaje y alojamiento y contrata un seguro médico (después de haber recibido tu carta de invitación)

Nota importante: Experiencia Internacional Canadá no te ayudará con el financiamiento, los preparativos de viaje o la búsqueda de empleo.

Viajar a Canadá por medio de una organización acreditada
Ponte en contacto con una de nuestras organizaciones acreditadas (Estas organizaciones no gubernamentales cobran una cuota por sus servicios. Puede que ofrezcan servicios sólo en inglés, sólo en francés o en ambos idiomas oficiales)

Comienza con el proceso de solicitud

Haz tus preparativos de viaje y alojamiento y contrata un seguro médico (solo después de que hayas recibido tu carta de invitación)

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miércoles, 6 de junio de 2012

Viajar y trabajar por Nueva Zelanda, un sueño.

Seguro que has pensado alguna vez en viajar por Nueva Zelanda, tierras donde sus ciudades llevan el sello de mejor calidad de vida del mundo.

Pues atento, ahora tienes la oportunidad de vivir una experiencia inolvidable, viajar y trabajar por Nueva Zelanda será posible debido a que el gobierno neozelandés firmó un acuerdo con el gobierno español el cual permite a jóvenes de edades comprendidas entre los 18 y 30 años pedir una Working-Holiday Visa  para Nueva Zelanda.

Los ciudadanos de Argentina, Brasil, México, Perú, Uruguay y Chile también pueden optar por este Working Holiday Visa debido a que sus gobiernos firmaron este acuerdo antes que España.

¿Que es el Working Holiday Visa?

Se trata de un Visado para permitir a los jóvenes viajar y poder pagarse el viaje trabajando en el mismo. Con este visado, puedes estar un año en el país y te da permiso para trabajar 6 meses.

Podeis visitar la web de http://www.immigration.govt.nz/migrant/stream/work/workingholiday/ donde vais a encontrar más información detallada sobre el Working Holiday Visa además de poder inscribiros a través de ella.

Requisitos para poder conseguirlo
  • Tener entre 18 y 30 años.
  • Tener nacionalidad española .
  • No traer niños contigo.
  • Demostrar que tienes un mínimo de 4,200 dólares neocelandeses (NZ$), unos 2100 euros al cambio actual.
  • Tener un seguro médico que te cubra durante la estancia.
  • Tener un billete de ida y vuelta o demostrar que tienes el dinero para comprar la vuelta.
  • No haber participado en una working holiday visa.



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martes, 5 de junio de 2012

Que necesito si me voy a trabajar a Chile

Si estas pensando en ir a Chile a trabajar tienes que saber cuales son las condiciones para el extranjero en aquel país, así como los permisos que te hacen falta.

Según la página web del gobierno de España, ministerio de empleo y seguridad social, necesitas un visado de trabajo que es destinado a extranjeros que han ido destinados contratado por alguna empresa en Chile. Para ello se requiere que haya un contrato de trabajo.

La duración de este visado no superará los dos años.

¿Donde podemos obtenerlo?

Se puede obtener a través del consulado de Chile en el extranjero o bien en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Requisitos para los solicitantes:
  • Carta Solicitud, dirigida al Sr. Director de Política Consular e Inmigración.
  • Contrato de Trabajo firmado por empleador ante Notario.
  • Curriculum Vitae del extranjero.
  • Extracto Sociedad Empresa Contratante
Documentos requeridos
  • Al momento de retirar la visa en el consulado correspondiente es necesario presentar la siguiente documentación:
  • Pasaporte vigente.
  • Certificado de Antecedentes.
  • Certificado de Salud (libre de enfermedades infecto-contagiosas).
  • 4 fotografías tamaño pasaporte
Costo
  • Valor sobre la base de la reciprocidad
  • Tiempo de tramitación
  • 10 días aproximadamente
  • Observaciones
  • El cumplimiento de los requisitos aquí señalados no compromete el otorgamiento de la Visa solicitada
  • Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales. 





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domingo, 3 de junio de 2012

Que hace falta antes de salir de viaje a EEUU (Estados Unidos)

Cuando vamos a salir de viaje a EEUU (Estados Unidos), ya sea por razones de turismo o por razones de buscar trabajo, nos surgen muchas dudas y preguntas tales como qué necesitamos llevar, qué papeles tenemos que tener en regla, como conseguir la visa o visado para ir a Estados Unidos, si sirve el permiso de conducir, y así, un gran número de preguntas que necesitamos responder. A continuación vamos a darle algunos consejos sobre las cosas más comunes a la hora de viajar a EEUU.


1. Asegurarse de tener un PASAPORTE ACTUALIZADO. (Electrónica)
Obligatorio e imprescindible tener en regla el pasaporte para viaja a Estado Unidos, te lo van a pedir un número infinito de veces desde que sales hasta que llegas y no te extrañe que una vez allí te lo pidan.

El pasaporte debe de ser eléctrónico, todos los pasaportes hecho en España a partir del 2006 son eléctronicos.

Si tienes que renovartelo o hacerte un pasaporte:
      2. DNI, Documento de identidad.

      El dni al igual que el pasaporte deberá estar vigente y es recomendado llevar el electrónico.

      3. PERMISO DE CONDUCIR.

      Si tienes el carnet de conducir es muy recomendado llevarlo en tu viaje pues posiblemente acabarás alquilando un coche o usando ciclomotores, debido a las largas distancias que hay en Estados Unidos. Se recomienda llevar el nuevo carnet tipo tarjeta.

      En cuanto al permiso de conducción internacional, en Estados Unidos no es obligatorio, pero en muhos países cercanos si lo es y te puede sacar de algún apuro o facilitar cosas.

      Para adquirirlo debes ir a la jefatura de tráfico más cercana y pedirlo. Lleva contigo el permiso de conducir, el DNI y una foto carnet. Puedes visitar la web de  http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/dir_telefonos/jefaturas/?tit=%BFD%F3nde%20se%20puede%20solicitar? para obtener más información.

      4.  ESTA (Electronic System for Travel Authorization)

      Documento obligatorio requerido para entrar a EEUU siempre que quieras viajar sin visado. Esto significa que si tienes visa de estudiante, de trabajo o cualquier otra, no la necesitas. Los que quieran realizar un viaje de placer a Estados Unidos por un periodo inferior a 3 meses y no quieran sacarse una visa deben rellenar este formulario el cual será requerido en el aeropuerto.

      Desde septiembre de 2010 se debe pagar la cantidad de 14 dólares para obtener la ESTA.

      4 dólares van destinados a la gestión del propio documento y 10 van destinados al turismo en Estados Unidos.
      Aquí encontrarás el documento https://esta.cbp.dhs.gov/esta/application.html?execution=e1s1

      5. Billetes de ida y vuelta (para lo viajes de placer)

      Recomendable comprar los billetes de ida y vuelta si es un viaje de placer. A parte de que salga más barato al comprar el vuelo, en el aeropuerto suelen pedir el billete de vuelta para asegurarse de que no te vas a quedar en el país.

      6. Seguro medico.

      Debemos hacernos con un seguro médico al viajar a Estado Unidos, esto se debe a que el sistema de sanidad que tienen te puede arruinar la vacaciones o estancia si te pasa algo.



      Si pagas tus billetes de avión con na visa te proporcionará un seguro para el viaje. Lo malo es que las coberturas son muy bajas. Debes consultar con tu banco.

      Cualquier compañía de seguros, entidad financiera o club automovilístico os lo hará sin problemas pero siempre leer atentamente las coberturas y aún más importante, las exclusiones.

      7. Dólares estadounidenses.

      Puede que necesites dinero en metálico en el viaje y la llegada,  recomendamos pagar todo lo posible con tarjeta.

      8. Tarjeta de crédito.
       
      Llevar una tarjeta de crédito, VISA o Mastercard,  es más cómodo de pagar y es aceptada en casi todos los comercios.

      9. Adaptador de corriente.

      Acuerdate, o si no sabes, los enchufes de Estados Unidos son diferentes. Si quieres poder recargar tu ordenador, movil o cualquier aparato elétrico necesitarás un adaptador de corriente americano.

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      viernes, 25 de mayo de 2012

      Trabajar en EEUU, lo que hay que saber

      Muchas personas viajan a Estados Unidos en busca de trabajo y mayor estabilidad profesional. Si buscas un empleo en USA es importante que conozcas bien algunos detalles sobre el país, como los visados, asistencia sanitarias, búsqueda de empleo, etc.


      Visado
      Requisito fundamental e imprescindible para trabajar en Estados Unidos es poseer el visado correspondiente.

      La normativa norteamericana de inmigración es accesible a través de la página web de la Embajada norteamericana en Madrid, de la del Departamento de Estado y de la del Servicio de Inmigración y Ciudadanía del Departamento de Seguridad Nacional .

      Si no se cuenta con la residencia permanente, para trabajar en Estados Unidos es necesario tener un visado de los denominados de no inmigrante. Los visados de no inmigrante se conceden por motivos específicos y por un período de tiempo determinado.

      Los principales Tipos de visados son:

      A) Personal que presta servicios para el gobierno u organizaciones internacionales
      B) Visados para poder trabajar en Estados Unidos
      C) Otros visados

      Encontrarás toda la infomaciópn sobre estos visados en la página web: http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/eeuu/trabajarResidir/ReqTrabaj.htm



      La búsqueda de empleo
      La búsqueda de empleo, se realiza a través de Internet y la prensa.

      En Estados Unidos no existe un organismo público dedicado a ayudar en la búsqueda de empleo al estilo de nuestro Servicio Público de Empleo Estatal - INEM. Las empresas publican sus ofertas de empleo, anunciándose normalmente en la prensa y en Internet. Muchos de los periódicos, incluso los locales, tienen edición en Internet, por lo que, de estarse interesado en buscar en empleo en una zona geográfica determinada, es posible mediante una búsqueda simple, localizar y acceder a través de la web a los anuncios de empleo.

      A nivel de búsqueda local a través de Internet, la mayoría de las ciudades cuentan con una página Craigslist de anuncios clasificados con múltiples secciones, una de ellas dedicada a empleos.

      Además, existen multitud de páginas web tanto de agencias de colocación como de empresas de selección de personal a las que acceden tanto empresas en busca de trabajadores como personas en busca de empleo. Entre las más destacadas (algunas de ellas especializadas en sectores) se encuentran


      Algunas de las mencionadas están especializadas en búsquedas geográficas, otras en sectores y otras en el tipo de empleo. Una vez localizada la empresa, es conveniente enviar una carta de presentación y el currículum vitae.

      Salario y prestaciones son objeto de negociación entre empleador y empleado.
      El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación mantiene una ventana de acceso a las oportunidades que se producen en Organismos Internacionales: 

      http://www.maec.es/es/MenuPpal/Oportunidades/Paginas/Oportunidades.aspx

      Asimismo, la Cámara de Comercio España-Estados Unidos cuenta con una página de oportunidades laborales, donde se listan las ofertas de empleo y se puede dejar copia del CV. 

      http://www.spainuscc.org/resources/career-center.asp?Language=Spanish


      Asistencia Sanitaria
      El Convenio de la Seguridad Social entre España y Estados Unidos no cubre la asistencia sanitaria.

      Las alternativas que existen sobre asistencia sanitaria son:

      • Obtención de una póliza pagada por la empresa (o, al menos, parcialmente)
      • Contratación por parte de un grupo de personas de una póliza (para abaratar el costo).
      • Hacerse cargo de los gastos sanitarios, que suelen ser muy elevados.
      • Si la estancia es temporal, contratación en España de una póliza de viaje.

      Toda esta información está sacada de la página web del ministerio de empleo y seguridad social de España


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